Tuesday, September 2, 2014

Lista de jurados electorales de Bolivia, Corte Nacional Electoral de Bolivia

Ciudadano boliviano consulte si ha sido sorteado como jurado electoral para las elecciones Generales en Bolivia el 06 de diciembre.

Si estas en Bolivia llama al 800 10 18 18 para las ciudades capitales, si te encuentras en alguna provincia llama al 800 11 18 18 (Corne NAcional Electoral)

Haga click en los siguientes enlaces, de acuerdo en el País que se encuentre
Jurados del Exterior

ARGENTINA
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Jurados de Jujuy
Jurados de Mendoza


BRASIL
Jurados de Sao Paolo

ESTADOS UNIDOS
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Jurados de New York
Jurados de Virginia

ESPAÑA
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Jurados de Madrid
Jurados de Valencia

¿Quiénes son los Jurados Electorales?

Los Jurados Electorales son ciudadanos y ciudadanas seleccionados por sorteo público como autoridades de las Mesas de Sufragio. El día de la votación ellos tienen bajo su cargo la instalación de las Mesas de Sufragio, la votación de los ciudadanos, el c ierre de las Mesas de Sufragio y el escrutinio y cómputo de votos. Por lo tanto, de los Jurados Electorales depende que la votación se realice y, sobre todo, que los votos se cuenten de manera transparente y correcta.

¿Cómo se selecciona a los Jurados Electorales?

Cualquier ciudadano en edad de votar inscrito en el Padrón Electoral puede ser seleccionado como Jurado Electoral. La selección se realiza mediante un sorteo que se lleva a cabo en cada una de las Cortes Departamentales Electorales del país.

¿De cuántos Jurados se compone una Mesa de Sufragio?

Cada Mesa de Sufragio cuenta con tres Jurados titulares y tres Jurados suplentes. De los tres titulares por lo menos dos deben saber leer y escribir. Tanto los Jurados titulares como los suplentes deben estar registrados en el libro y Mesa en que desempeñarán sus funciones el día de las Elecciones. La Mesa de Sufragio funcionará con un mínimo de tres Jurados.

¿Cómo se organizan los Jurados Electorales para cumplir sus funciones?

Junto a la nómina de los Jurados Electorales, las Cortes Departamentales Electorales (CDE) publican la citación a la reunión de la Junta de Organización de Jurados. En esta reunión se elige a la directiva de cada Mesa de Sufragio. Esta directiva está compuesta por:

* Un(a) presidente.
* Un(a) secretario.
* Un(a) vocal.

En la Junta de Organización, los Jurados Electorales recibirán información sobre sus funciones y atribuciones y sobre las fechas y lugares en que se realizarán los cursos de capacitación en cada Departamento (de acuerdo al cronograma elaborado por cada CDE).

Los Jurados Electorales que no asistan a la Junta de Jurados serán sancionados con una multa a ser determinada por la Corte Nacional Electoral.

¿Puede un ciudadano elegido excusarse de ser Jurado Electoral?

Los ciudadanos o ciudadanas que han sido designados como Jurados Electorales sólo pueden excusarse de cumplir esa función en caso de:

* Enfermedad probada con certificación médica.
* Fuerza mayor o caso fortuito comprobado.
* Ser dirigente de partido político o candidato.

El trámite de excusa se realiza en las CDE, dentro del plazo de cuatro días después de la publicación de las listas de Jurados Electorales. Luego de ese plazo, no se pueden tramitar excusas.

¿Cuáles son las obligaciones de los Jurados Electorales?

* Antes del día de las Elecciones, asistir a la Junta de Organización de Jurados y a los cursos de capacitación que convoquen las CDE.
* El día de las Elecciones, garantizar el funcionamiento de la Mesa de Sufragio y el escrutinio y cómputo de los votos.
* Garantizar la votación de los inscritos en su Mesa de Sufragio como un derecho y un deber ciudadano.

¿Existe alguna compensación para los Jurados Electorales?

La Ley establece que los ciudadanos que acrediten haber cumplido con la función de Jurado Electoral tienen derecho a un día libre en sus puestos de trabajo. Ese día será el lunes siguiente al día de las Elecciones.
Fuente: CNE

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